SI UD. Y SU PAREJA HAN DECIDIDO DIVORCIARSE Y:
Han residido en la Florida por más de seis meses.
Desean divorciarse sin sufrir los traumas, el estrés, angustia y los cuantiosos gastos que forma parte del juicio de divorcio.
La relación matrimonial, aunque conflictiva les permite comunicarse con suficiente tranquilidad, para que con la ayuda del mediador lleguen a acuerdos sobre el divorcio.
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jueves, 1 de marzo de 2012
miércoles, 4 de mayo de 2011
El Examen de Naturalización
El Examen de Naturalización
Uno de los requisitos para obtener la ciudadanía americana por medio de la naturalización es presentarse al examen de naturalización para demostrar que se puede leer, escribir y hablar inglés básico y que se tienen conocimientos básicos de la historia y el gobierno de los EE.UU. (lo que también se llama educación cívica o civismo).
Una vez haya completado y presentado su solicitud de naturalización, formulario N-400, y se le hayan tomado las huellas dactilares en una oficina de USCIS, recibirá una cita para una entrevista. En su entrevista de naturalización se le requerirá que conteste preguntas acerca de su solicitud y sus antecedentes. También se examinará de inglés y educación cívica a menos que sea elegible para una exención o dispensa.
Inglés y educación cívica
Durante su entrevista, un funcionario de USCIS examinará su habilidad de leer, escribir y hablar inglés y sus conocimientos de educación cívica. Debe leer una de entre tres frases correctamente en inglés y debe escribir una de entre tres frases correctamente en inglés. Su habilidad de hablar inglés se determina durante la entrevista acerca de su solicitud de naturalización. Por último, debe contestar 6 de entre 10 preguntas de educación cívica correctamente para aprobar.
Si no aprueba
Se le darán dos oportunidades de examinarse en inglés y educación cívica y de contestar todas las preguntas relativas a su solicitud de naturalización en inglés. Si no aprueba alguno de los exámenes en su entrevista inicial, se le volverá a examinar de la porción del examen que no haya aprobado (inglés o educación cívica) 60 a 90 días después de la fecha de su entrevista inicial. Consulte el título 8 del código federal 312.5(a) y 335.3(b).
Materiales de estudio
Hemos desarrollado diversos materiales de estudio para ayudarle a aprender más educación cívica de EE.UU. (historia y gobierno) cuando se prepare para el examen de naturalización. Consulte el enlace de "Materiales de estudio para el examen de naturalización" que hay a la derecha.
Exenciones de los requisitos de inglés y educación cívica
Para obtener información acerca de las excepciones o modificaciones para los requisitos de inglés y educación cívica para la naturalización, consulte el enlace de "Excepciones y modificaciones" bajo "Ciudadanía por medio de la naturalización," a la izquierda.
Centro de Recursos de Ciudadanía
Ofrecemos recursos educacionales de ciudadanía para los inmigrantes, los educadores y las organizaciones que les asisten, en el Centro de Recursos de Ciudadanía, el cual ayudará a los usuarios entender el proceso de naturalización y adquirir las habilidades necesarias para tener éxito en la entrevista de naturalización y el examen. Para visitar el Centro de Recursos de Ciudadanía, vea el enlace correspondiente a la derecha.
La informacion ofrecida es originaria del Servicio de Ciudadania e Inmigracion USA,
Para detalles ver:
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es/menuitem.e693c9cf3c2f7d18d52fae1074a191a0/?vgnextoid=961d41b7410a3210VgnVCM100000b92ca60aRCRD&vgnextchannel=961d41b7410a3210VgnVCM100000b92ca60aRCRD
Uno de los requisitos para obtener la ciudadanía americana por medio de la naturalización es presentarse al examen de naturalización para demostrar que se puede leer, escribir y hablar inglés básico y que se tienen conocimientos básicos de la historia y el gobierno de los EE.UU. (lo que también se llama educación cívica o civismo).
Una vez haya completado y presentado su solicitud de naturalización, formulario N-400, y se le hayan tomado las huellas dactilares en una oficina de USCIS, recibirá una cita para una entrevista. En su entrevista de naturalización se le requerirá que conteste preguntas acerca de su solicitud y sus antecedentes. También se examinará de inglés y educación cívica a menos que sea elegible para una exención o dispensa.
Inglés y educación cívica
Durante su entrevista, un funcionario de USCIS examinará su habilidad de leer, escribir y hablar inglés y sus conocimientos de educación cívica. Debe leer una de entre tres frases correctamente en inglés y debe escribir una de entre tres frases correctamente en inglés. Su habilidad de hablar inglés se determina durante la entrevista acerca de su solicitud de naturalización. Por último, debe contestar 6 de entre 10 preguntas de educación cívica correctamente para aprobar.
Si no aprueba
Se le darán dos oportunidades de examinarse en inglés y educación cívica y de contestar todas las preguntas relativas a su solicitud de naturalización en inglés. Si no aprueba alguno de los exámenes en su entrevista inicial, se le volverá a examinar de la porción del examen que no haya aprobado (inglés o educación cívica) 60 a 90 días después de la fecha de su entrevista inicial. Consulte el título 8 del código federal 312.5(a) y 335.3(b).
Materiales de estudio
Hemos desarrollado diversos materiales de estudio para ayudarle a aprender más educación cívica de EE.UU. (historia y gobierno) cuando se prepare para el examen de naturalización. Consulte el enlace de "Materiales de estudio para el examen de naturalización" que hay a la derecha.
Exenciones de los requisitos de inglés y educación cívica
Para obtener información acerca de las excepciones o modificaciones para los requisitos de inglés y educación cívica para la naturalización, consulte el enlace de "Excepciones y modificaciones" bajo "Ciudadanía por medio de la naturalización," a la izquierda.
Centro de Recursos de Ciudadanía
Ofrecemos recursos educacionales de ciudadanía para los inmigrantes, los educadores y las organizaciones que les asisten, en el Centro de Recursos de Ciudadanía, el cual ayudará a los usuarios entender el proceso de naturalización y adquirir las habilidades necesarias para tener éxito en la entrevista de naturalización y el examen. Para visitar el Centro de Recursos de Ciudadanía, vea el enlace correspondiente a la derecha.
La informacion ofrecida es originaria del Servicio de Ciudadania e Inmigracion USA,
Para detalles ver:
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es/menuitem.e693c9cf3c2f7d18d52fae1074a191a0/?vgnextoid=961d41b7410a3210VgnVCM100000b92ca60aRCRD&vgnextchannel=961d41b7410a3210VgnVCM100000b92ca60aRCRD
Los inmigrantes y la obtencion de la ciudadania en USA,
Ciudadanía a través de los padres
Es posible para un ciudadano estadounidense obtener rápidamente la ciudadanía para su hijo(a), hijastro(a), o hijo(a) adoptivo(a) que haya nacido fuera de los Estados Unidos. Esto depende de la Ley que estaba vigente cuando nació la persona.
Estas leyes han cambiado con el transcurso de los años, pero generalmente requieren que por los menos uno de los padres haya sido ciudadano estadounidense cuando nació el hijo y que haya vivido en los EE.UU. o sus territorios durante cierto período de tiempo. Además, los hijos nacidos fuera de los Estados Unidos pueden convertirse en ciudadanos después de nacer a base de la ciudadanía o naturalización de sus padres. Para mayor información acerca de este tema, consulte los enlaces a la izquierda bajo ciudadanía a través de los padres.
Ciudadanía por Naturalización
La naturalización es el proceso por medio del cual se otorga la ciudadanía estadounidense a un ciudadano extranjero si satisface los requisitos establecidos por el Congreso en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA por su sigla en inglés).
El la mayoría de los casos, un solicitante de naturalización debe ser residente permanente (titular de Tarjeta verde [Green card]) antes de iniciar el trámite. Excepto en el caso de ciertos miembros de las Fuerzas Armadas de EE.UU. y sus dependientes, la naturalización puede otorgarse solamente en los Estados Unidos.
Usted puede ser elegible para la naturalización si:
Ha sido residente permanente durante al menos 5 años y reúne todos los otros requisitos de elegibilidad. Consulte el enlace de "Pasos generales para la naturalización" bajo "Ciudadanía por medio de la naturalización," a la izquierda.
Ha sido residente permanente durante 3 años o menos y reúne todos los requisitos de elegibilidad necesarios para tramitar la naturalización como cónyuge de un ciudadano estadounidense. Consulte el enlace de "Cónyuges de ciudadanos estadounidenses " bajo "Ciudadanía por medio de la naturalización," a la izquierda.
Tiene servicio elegible en las Fuerzas Armadas de los EE.UU. y reúne todos los otros requisitos de elegibilidad. Consulte el enlace de "Información para los miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias" que hay a la derecha.
Su hijo o hija puede ser elegible para la naturalización si es usted ciudadano estadounidense, el hijo o hija nació fuera de los EE.UU. y el hijo o hija reside actualmente fuera de los EE.UU., y se reúnen todos los otros requisitos de elegibilidad.
Nota: También puede usted ser elegible por medio de otras maneras de obtener la naturalización si no es elegible por medio de las maneras descritas en los enlaces que hay a la izquierda. Consulte el enlace de "Guía de naturalización" que hay a la derecha. El capítulo 4 de la guía habla de quién es elegible para la naturalización.
Cómo solicitar la naturalización
Prepárese para el examen antes de presentar la solicitud. Tenemos materiales y recursos educativos para ayudarle a prepararse. Para mayor información, ve el enlace del "Examen de naturalización" a la izquierda.
Para que los solicitantes que son elegibles según las secciones 316, 319, 328, y 329 de la INA, tramiten el formulario N-400, Solicitud de naturalización. Pueden encontrar el formulario N-400 en el enlace de "Formularios de ciudadanía y naturalización" que hay a la derecha. Para mayor información, consulte el enlace de "Cómo solicitar la ciudadanía estadounidense " a la derecha. Para obtener información acerca de las secciones 316, 319, 328 y 329 de la INA, consulte el enlace de “INA” a la derecha.
Los solicitantes elegibles de acuerdo con las secciones 328 y 329 de la INA deben también tramitar el formulario N-426, Solicitud de certificación de servicio militar o naval, y el formulario G-325B, Información biográfica. Para obtener información acerca de las secciones 328 y 329 de la INA, consulte el enlace de “INA” a la derecha.
Para un niño elegible según la sección 322 de la INA, se debe presentar el formulario N-600K, Solicitud de ciudadanía y emisión de certificado bajo la sección 322, a beneficio del niño. Para obtener información acerca de la sección 322 de la INA, consulte el enlace de "Hijos biológicos o adoptivos que residen fuera de los Estados Unidos" que hay a la izquierda bajo "Ciudadanía a través de los padres" y el enlace de "INA" a la derecha.
Nota: Puede que usted ya sea ciudadano estadounidense y que no tenga que pedir la naturalización si su padre biológico o adoptivo o (sus padres biológicos o adoptivos) obtuvieron la ciudadanía estadounidense antes de que usted cumpliera los 18 años.
La informacion que antecede origina del Servicio de Inmigracion USA.
Para detalles, vea la pagina
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es.
Es posible para un ciudadano estadounidense obtener rápidamente la ciudadanía para su hijo(a), hijastro(a), o hijo(a) adoptivo(a) que haya nacido fuera de los Estados Unidos. Esto depende de la Ley que estaba vigente cuando nació la persona.
Estas leyes han cambiado con el transcurso de los años, pero generalmente requieren que por los menos uno de los padres haya sido ciudadano estadounidense cuando nació el hijo y que haya vivido en los EE.UU. o sus territorios durante cierto período de tiempo. Además, los hijos nacidos fuera de los Estados Unidos pueden convertirse en ciudadanos después de nacer a base de la ciudadanía o naturalización de sus padres. Para mayor información acerca de este tema, consulte los enlaces a la izquierda bajo ciudadanía a través de los padres.
Ciudadanía por Naturalización
La naturalización es el proceso por medio del cual se otorga la ciudadanía estadounidense a un ciudadano extranjero si satisface los requisitos establecidos por el Congreso en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA por su sigla en inglés).
El la mayoría de los casos, un solicitante de naturalización debe ser residente permanente (titular de Tarjeta verde [Green card]) antes de iniciar el trámite. Excepto en el caso de ciertos miembros de las Fuerzas Armadas de EE.UU. y sus dependientes, la naturalización puede otorgarse solamente en los Estados Unidos.
Usted puede ser elegible para la naturalización si:
Ha sido residente permanente durante al menos 5 años y reúne todos los otros requisitos de elegibilidad. Consulte el enlace de "Pasos generales para la naturalización" bajo "Ciudadanía por medio de la naturalización," a la izquierda.
Ha sido residente permanente durante 3 años o menos y reúne todos los requisitos de elegibilidad necesarios para tramitar la naturalización como cónyuge de un ciudadano estadounidense. Consulte el enlace de "Cónyuges de ciudadanos estadounidenses " bajo "Ciudadanía por medio de la naturalización," a la izquierda.
Tiene servicio elegible en las Fuerzas Armadas de los EE.UU. y reúne todos los otros requisitos de elegibilidad. Consulte el enlace de "Información para los miembros de las Fuerzas Armadas y sus familias" que hay a la derecha.
Su hijo o hija puede ser elegible para la naturalización si es usted ciudadano estadounidense, el hijo o hija nació fuera de los EE.UU. y el hijo o hija reside actualmente fuera de los EE.UU., y se reúnen todos los otros requisitos de elegibilidad.
Nota: También puede usted ser elegible por medio de otras maneras de obtener la naturalización si no es elegible por medio de las maneras descritas en los enlaces que hay a la izquierda. Consulte el enlace de "Guía de naturalización" que hay a la derecha. El capítulo 4 de la guía habla de quién es elegible para la naturalización.
Cómo solicitar la naturalización
Prepárese para el examen antes de presentar la solicitud. Tenemos materiales y recursos educativos para ayudarle a prepararse. Para mayor información, ve el enlace del "Examen de naturalización" a la izquierda.
Para que los solicitantes que son elegibles según las secciones 316, 319, 328, y 329 de la INA, tramiten el formulario N-400, Solicitud de naturalización. Pueden encontrar el formulario N-400 en el enlace de "Formularios de ciudadanía y naturalización" que hay a la derecha. Para mayor información, consulte el enlace de "Cómo solicitar la ciudadanía estadounidense " a la derecha. Para obtener información acerca de las secciones 316, 319, 328 y 329 de la INA, consulte el enlace de “INA” a la derecha.
Los solicitantes elegibles de acuerdo con las secciones 328 y 329 de la INA deben también tramitar el formulario N-426, Solicitud de certificación de servicio militar o naval, y el formulario G-325B, Información biográfica. Para obtener información acerca de las secciones 328 y 329 de la INA, consulte el enlace de “INA” a la derecha.
Para un niño elegible según la sección 322 de la INA, se debe presentar el formulario N-600K, Solicitud de ciudadanía y emisión de certificado bajo la sección 322, a beneficio del niño. Para obtener información acerca de la sección 322 de la INA, consulte el enlace de "Hijos biológicos o adoptivos que residen fuera de los Estados Unidos" que hay a la izquierda bajo "Ciudadanía a través de los padres" y el enlace de "INA" a la derecha.
Nota: Puede que usted ya sea ciudadano estadounidense y que no tenga que pedir la naturalización si su padre biológico o adoptivo o (sus padres biológicos o adoptivos) obtuvieron la ciudadanía estadounidense antes de que usted cumpliera los 18 años.
La informacion que antecede origina del Servicio de Inmigracion USA.
Para detalles, vea la pagina
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es.
lunes, 23 de agosto de 2010
Qué pasa en inmigración: ‘DREAM Act no puede esperar’; La frontera: ‘Los números no mienten’
Qué pasa en inmigración: ‘DREAM Act no puede esperar’; La frontera: ‘Los números no mienten’
'DREAM Act no puede esperar’...
El diario La Opinión, de Los Ángeles, publica un editorial titulado ‘DREAM Act no puede esperar’ instando al Congreso a avanzar esta medida. Según la publicación, “es necesario aprobar el DREAM ACT este año. Si esto no ocurre en conjunto con una reforma integral de inmigración, debe ser por votado por sí mismo o incluido como parte de otra ley. Lo cierto es que no puede esperar más”.
EFE informa que jóvenes inmigrantes de Nueva York conducirán eventos por tres días, desde hoy, para presionar al senador Charles Schumer y a la congresista Nydia Velázquez, ambos demócratas de Nueva York, a que impulsen el proyecto DREAM Act de legalización de jóvenes que completen al menos dos años de universidad o ingresen al servicio militar.
La misma agencia indica que el presidente Obama quiere que los estudios universitarios sean más asequibles para aumentar la cifra de graduados. Según la agencia, el secretario de Educación, Arne Duncan, refrendó además el compromiso de la administración Obama con el proyecto DREAM Act.
En otras noticias
Más fondos para la frontera…
El Diario Las Américas escribe que el proyecto de 600 millones de dólares para más agentes y recursos fronterizos ha generado críticas de grupos pro inmigrantes por obviar soluciones realistas y a largo plazo como una reforma migratoria.
AOL Latino, Al Día (Philadelphia), y LatinoCalifornia.com entre otros, publican la columna del mismo tema, 'Los números no mienten', de Maribel Hastings, de America’s Voice.
47,000 deportados mediante ‘Comunidades Seguras’…
Associated Press informa que en 20 meses las autoridades migratorias han deportado a casi 47,000 personas mediante el programa 'Comunidades Seguras' para identificar indocumentados en las prisiones. Según la nota, “aproximadamente una cuarta parte de los sacados del país no tenían antecedentes penales”.
Y El Diario-La Prensa (Nueva York) presenta un editorial sobre “mitos y realidades” sobre los inmigrantes.
10/08/10 a 10:25am por Maribel Hastings| 0 Comments
'DREAM Act no puede esperar’...
El diario La Opinión, de Los Ángeles, publica un editorial titulado ‘DREAM Act no puede esperar’ instando al Congreso a avanzar esta medida. Según la publicación, “es necesario aprobar el DREAM ACT este año. Si esto no ocurre en conjunto con una reforma integral de inmigración, debe ser por votado por sí mismo o incluido como parte de otra ley. Lo cierto es que no puede esperar más”.
EFE informa que jóvenes inmigrantes de Nueva York conducirán eventos por tres días, desde hoy, para presionar al senador Charles Schumer y a la congresista Nydia Velázquez, ambos demócratas de Nueva York, a que impulsen el proyecto DREAM Act de legalización de jóvenes que completen al menos dos años de universidad o ingresen al servicio militar.
La misma agencia indica que el presidente Obama quiere que los estudios universitarios sean más asequibles para aumentar la cifra de graduados. Según la agencia, el secretario de Educación, Arne Duncan, refrendó además el compromiso de la administración Obama con el proyecto DREAM Act.
En otras noticias
Más fondos para la frontera…
El Diario Las Américas escribe que el proyecto de 600 millones de dólares para más agentes y recursos fronterizos ha generado críticas de grupos pro inmigrantes por obviar soluciones realistas y a largo plazo como una reforma migratoria.
AOL Latino, Al Día (Philadelphia), y LatinoCalifornia.com entre otros, publican la columna del mismo tema, 'Los números no mienten', de Maribel Hastings, de America’s Voice.
47,000 deportados mediante ‘Comunidades Seguras’…
Associated Press informa que en 20 meses las autoridades migratorias han deportado a casi 47,000 personas mediante el programa 'Comunidades Seguras' para identificar indocumentados en las prisiones. Según la nota, “aproximadamente una cuarta parte de los sacados del país no tenían antecedentes penales”.
Y El Diario-La Prensa (Nueva York) presenta un editorial sobre “mitos y realidades” sobre los inmigrantes.
10/08/10 a 10:25am por Maribel Hastings| 0 Comments
Pew reporta sobre los hijos de los indocumentados
Pew reporta sobre los hijos de los indocumentados; se mantiene polémica sobre la Enmienda 14
WASHINGTON, D.C. – El Centro Hispano Pew reportó que 340 mil de los 4.3 millones de niños que nacieron en Estados Unidos en 2008 son hijos de indocumentados.
El análisis, basado en cifras del Censo, calcula además que 79% (cuatro de cada cinco) de los 5.1 millones de menores de 18 años de edad, hijos de indocumentados, son ciudadanos de Estados Unidos.
Empero, el Centro de Política Migratoria (IPC) aclaró que “las limitaciones en los datos del Censo imposibilitan determinar cuántos niños nacen en familias donde ambos padres no están autorizados o están temporalmente en Estados Unidos”. Según el IPC, el reporte del Pew no aclara cuántos de esos niños nacen en familias mixtas con padres indocumentados, ciudadanos o residentes legales.
Las cifras del Centro Hispano Pew se presentan en medio de la polémica generada por los llamados de algunos republicanos a enmendar la Decimocuarta Enmienda de la Constitución para negar la ciudadanía a niños nacidos en Estados Unidos de padres indocumentados.
El reporte aclara que no está abordando los méritos del debate sobre la Emienda 14, pero cita un sondeo nacional del Pew Research Center for the People and the Press del mes de junio que encontró que el público se opone a enmendar esta cláusula de la Constitución “56% sobre 41%”.
Con todo, algunas figuras intentan sacar provecho del debate sobre la Enmienda 14 con fines partidistas.
Esta es la más reciente teoría de algunos republicanos como la legisladora estatal de Texas, Debbie Riddle: extranjeras que llegan a Estados Unidos como turistas, dan a luz a niños que son ciudadanos estadounidenses, retornan a sus países y convierten a los niños en futuros terroristas.
Al menos eso le dijo la legisladora a los productores del presentador de CNN, Anderson Cooper, en su programa AC 360, según el propio Cooper. En un segmento sobre los llamados a alterar la Decimocuarta Enmienda, Cooper le preguntó a Riddle en qué basaba lo que dijo a los productores del programa: que las turistas tienen los bebés en Estados Unidos y luego retornan a sus países con el “terrible propósito de convertirlos en pequeños terroristas que retornarán a Estados Unidos a hacernos daños”.
Riddle, quien aboga por una ley similar a la SB1070 para su estado, no pudo ofrecer pruebas específicas para sostener su alegato y dijo que lo había escuchado de ex agentes de la Oficina Federal de Investigaciones (FBI).
Por más que Cooper la presionó para que ofreciera pruebas o dijera quiénes son los ex agentes del FBI que ella cita, Riddle dijo que “no tengo las evidencias en estos momentos” y desvió el tema hacia la seguridad fronteriza. En un momento dado dijo que si los indocumentados “están aquí ilegalmente, no están aquí legalmente”.
Su colega demócrata de Texas, Rafael Anchía, refutó el despectivo concepto de los llamados “bebés ancla” recordando que el hecho de que un niño sea ciudadano no confiere ningún beneficio migratorio inmediato para sus padres indocumentados, y deben tener 21 años de edad para solicitar la residencia de sus progenitores.
WASHINGTON, D.C. – El Centro Hispano Pew reportó que 340 mil de los 4.3 millones de niños que nacieron en Estados Unidos en 2008 son hijos de indocumentados.
El análisis, basado en cifras del Censo, calcula además que 79% (cuatro de cada cinco) de los 5.1 millones de menores de 18 años de edad, hijos de indocumentados, son ciudadanos de Estados Unidos.
Empero, el Centro de Política Migratoria (IPC) aclaró que “las limitaciones en los datos del Censo imposibilitan determinar cuántos niños nacen en familias donde ambos padres no están autorizados o están temporalmente en Estados Unidos”. Según el IPC, el reporte del Pew no aclara cuántos de esos niños nacen en familias mixtas con padres indocumentados, ciudadanos o residentes legales.
Las cifras del Centro Hispano Pew se presentan en medio de la polémica generada por los llamados de algunos republicanos a enmendar la Decimocuarta Enmienda de la Constitución para negar la ciudadanía a niños nacidos en Estados Unidos de padres indocumentados.
El reporte aclara que no está abordando los méritos del debate sobre la Emienda 14, pero cita un sondeo nacional del Pew Research Center for the People and the Press del mes de junio que encontró que el público se opone a enmendar esta cláusula de la Constitución “56% sobre 41%”.
Con todo, algunas figuras intentan sacar provecho del debate sobre la Enmienda 14 con fines partidistas.
Esta es la más reciente teoría de algunos republicanos como la legisladora estatal de Texas, Debbie Riddle: extranjeras que llegan a Estados Unidos como turistas, dan a luz a niños que son ciudadanos estadounidenses, retornan a sus países y convierten a los niños en futuros terroristas.
Al menos eso le dijo la legisladora a los productores del presentador de CNN, Anderson Cooper, en su programa AC 360, según el propio Cooper. En un segmento sobre los llamados a alterar la Decimocuarta Enmienda, Cooper le preguntó a Riddle en qué basaba lo que dijo a los productores del programa: que las turistas tienen los bebés en Estados Unidos y luego retornan a sus países con el “terrible propósito de convertirlos en pequeños terroristas que retornarán a Estados Unidos a hacernos daños”.
Riddle, quien aboga por una ley similar a la SB1070 para su estado, no pudo ofrecer pruebas específicas para sostener su alegato y dijo que lo había escuchado de ex agentes de la Oficina Federal de Investigaciones (FBI).
Por más que Cooper la presionó para que ofreciera pruebas o dijera quiénes son los ex agentes del FBI que ella cita, Riddle dijo que “no tengo las evidencias en estos momentos” y desvió el tema hacia la seguridad fronteriza. En un momento dado dijo que si los indocumentados “están aquí ilegalmente, no están aquí legalmente”.
Su colega demócrata de Texas, Rafael Anchía, refutó el despectivo concepto de los llamados “bebés ancla” recordando que el hecho de que un niño sea ciudadano no confiere ningún beneficio migratorio inmediato para sus padres indocumentados, y deben tener 21 años de edad para solicitar la residencia de sus progenitores.
miércoles, 12 de mayo de 2010
Ayuda para los acreedores y deudores hipotecarios en la Florida
Anunciamos la crecion de la firma:
Foreclosure-Mediators Inc.
Nos complace participar que en el estado de la Florida, por decision de la Corte Suprema del estado, ha sido instituido el proceso de mediacion obligatoria, en todos los casos en que se inicie la ejecucion de la hipoteca inmobiliaria (foreclosure) a las viviendas principales (homesteads).
Los tribunales se encuentran sobrecargados de demandas, por lo tanto la Corte ha abierto la valvula de escape pertinente, facilitando mediante mediacion, la posibilidad que los acreedores y deudores, puedan buscar de forma conjunta la solucion que mas se adecue a su situacion de cesacion de pago.
Igualmente, la Corte motiva a que las partes, acudan a la mediacion ANTES de que se inicie el juicio de ejecucion.
En Foreclosure-Mediators, nos especializamos en ayudar a las partes a negociar y encontrar el mejor camino para resolver la engorrosa situacion del atraso en los pagos de la hipoteca, lo cual conlleva a que los bancos o instituciones financieras decidan abrir juicio.
Informese mas detalldamente en la pagina web
www.Foreclosure-Mediators.com
Foreclosure-Mediators Inc.
Nos complace participar que en el estado de la Florida, por decision de la Corte Suprema del estado, ha sido instituido el proceso de mediacion obligatoria, en todos los casos en que se inicie la ejecucion de la hipoteca inmobiliaria (foreclosure) a las viviendas principales (homesteads).
Los tribunales se encuentran sobrecargados de demandas, por lo tanto la Corte ha abierto la valvula de escape pertinente, facilitando mediante mediacion, la posibilidad que los acreedores y deudores, puedan buscar de forma conjunta la solucion que mas se adecue a su situacion de cesacion de pago.
Igualmente, la Corte motiva a que las partes, acudan a la mediacion ANTES de que se inicie el juicio de ejecucion.
En Foreclosure-Mediators, nos especializamos en ayudar a las partes a negociar y encontrar el mejor camino para resolver la engorrosa situacion del atraso en los pagos de la hipoteca, lo cual conlleva a que los bancos o instituciones financieras decidan abrir juicio.
Informese mas detalldamente en la pagina web
www.Foreclosure-Mediators.com
New Florida Foreclosure Mediation Guidelines
New Florida Foreclosure Mediation Guidelines
By Michelle Berg
Although the foreclosure mediation process has been around for many years, until recently it's been mostly voluntary and not widely publicized to homeowners throughout Florida. Borrowers who are behind on their mortgage payments or are in serious risk of default may not be aware that this program exists or realize that they have rights and options along the way of the foreclosure process.
Currently, Florida is one of the hardest hit states in the nation, with almost half a million foreclosures lawsuits in various stages of litigation. On December 28, 2009, the Florida Supreme Court mandated mediation for Floridians who are in danger of losing their homes through foreclosure. Chief Justice Peggy Quince directed each Chief Judge of the 20 judicial Circuits to issue an administrative order addressing how the managed mediation program will be handled in their respective Circuit. This Supreme Court Order strives to reduce the foreclosure overload that is currently clogging our court system and monopolizing limited judicial resources.
State guidelines must be followed when conducting foreclosure mediation in Florida. Mediation managers are required to schedule sessions no less than 60 days and no more than 120 days after the filing of the foreclosure case has occurred. Meetings are usually several hours and lenders are required to pay a $750 fee up front, which may be recovered in the final judgment if mediation fails and the suit proceeds to foreclosure. The house in default must be the homeowner's primary place of residence and the loan must have originated under the federal truth-in-lending regulations. Exceptions to the mandatory foreclosure mediation will be granted where the borrower and the lender reach an agreement to forego mediation, mediation was previously unsuccessful, or the homeowner cannot be located.
Mediation enables troubled homeowners to meet with their lenders at the bargaining table to renegotiate the terms in their mortgage and address other issues and circumstances surrounding the borrower's default. Mediation not only removes the fear the borrower has in communicating with the lender, but brings both parties together in an informal setting that will help decide if modifying the loan terms or if another remedy, such as short sale on the house or deed in lieu of foreclosure, is a more appropriate and reasonable solution.
The Mediator is an impartial and neutral third party who will bring a fresh perspective to the case at hand. In the managed foreclosure mediation cases, he or she must be Circuit Court certified and specially trained in foreclosure law and mortgage modification issues.
Before a homeowner can be eligible formediation, he or she must see a foreclosure counselor who is approved by the U.S. Department of Housing and Urban Development. After obtaining advice from such a professional, troubled borrowers have been found to be less likely to re-default on their mortgages.
The record volume of foreclosures in Florida is threatening to break its court system. With the new mediation requirement, the hope is that applicable cases will be directed away from the courts and handled in a more timely and efficient fashion.
If you or someone you know is facing foreclosure mediation, be sure to insist on a qualified, competent Circuit Court certified mediator with experience in foreclosure law and mortgage modifications.
Michelle Berg is a Magna Cum Laude graduate of both Boston College and the University of Miami School of Law. She has experience handling a variety of real estate issues in south Florida, both as an attorney and as a mediator.
Article Source: http://EzineArticles.com/?expert=Michelle_Berg
By Michelle Berg
Although the foreclosure mediation process has been around for many years, until recently it's been mostly voluntary and not widely publicized to homeowners throughout Florida. Borrowers who are behind on their mortgage payments or are in serious risk of default may not be aware that this program exists or realize that they have rights and options along the way of the foreclosure process.
Currently, Florida is one of the hardest hit states in the nation, with almost half a million foreclosures lawsuits in various stages of litigation. On December 28, 2009, the Florida Supreme Court mandated mediation for Floridians who are in danger of losing their homes through foreclosure. Chief Justice Peggy Quince directed each Chief Judge of the 20 judicial Circuits to issue an administrative order addressing how the managed mediation program will be handled in their respective Circuit. This Supreme Court Order strives to reduce the foreclosure overload that is currently clogging our court system and monopolizing limited judicial resources.
State guidelines must be followed when conducting foreclosure mediation in Florida. Mediation managers are required to schedule sessions no less than 60 days and no more than 120 days after the filing of the foreclosure case has occurred. Meetings are usually several hours and lenders are required to pay a $750 fee up front, which may be recovered in the final judgment if mediation fails and the suit proceeds to foreclosure. The house in default must be the homeowner's primary place of residence and the loan must have originated under the federal truth-in-lending regulations. Exceptions to the mandatory foreclosure mediation will be granted where the borrower and the lender reach an agreement to forego mediation, mediation was previously unsuccessful, or the homeowner cannot be located.
Mediation enables troubled homeowners to meet with their lenders at the bargaining table to renegotiate the terms in their mortgage and address other issues and circumstances surrounding the borrower's default. Mediation not only removes the fear the borrower has in communicating with the lender, but brings both parties together in an informal setting that will help decide if modifying the loan terms or if another remedy, such as short sale on the house or deed in lieu of foreclosure, is a more appropriate and reasonable solution.
The Mediator is an impartial and neutral third party who will bring a fresh perspective to the case at hand. In the managed foreclosure mediation cases, he or she must be Circuit Court certified and specially trained in foreclosure law and mortgage modification issues.
Before a homeowner can be eligible formediation, he or she must see a foreclosure counselor who is approved by the U.S. Department of Housing and Urban Development. After obtaining advice from such a professional, troubled borrowers have been found to be less likely to re-default on their mortgages.
The record volume of foreclosures in Florida is threatening to break its court system. With the new mediation requirement, the hope is that applicable cases will be directed away from the courts and handled in a more timely and efficient fashion.
If you or someone you know is facing foreclosure mediation, be sure to insist on a qualified, competent Circuit Court certified mediator with experience in foreclosure law and mortgage modifications.
Michelle Berg is a Magna Cum Laude graduate of both Boston College and the University of Miami School of Law. She has experience handling a variety of real estate issues in south Florida, both as an attorney and as a mediator.
Article Source: http://EzineArticles.com/?expert=Michelle_Berg
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